Prácticamente todos tenemos dudas al respecto. Espero poder aclarar aquí la mayoría de ellas.

 

 

Antes que nada, debo decir que yo no soy contador ni nada parecido. La información que menciono a continuación corresponde a diferentes fuentes que recopilé e hice mi mejor esfuerzo para poder explicarlo todo de la mejor manera posible, sin embargo, esto de ninguna manera sustituye la asesoría de un experto en el tema.

 

Por lo tanto, por favor te pido que consideres este post meramente como una referencia. Es necesario que te asesores con un profesional en la materia para que puedas declarar los impuestos que correspondan con base en tu situación fiscal particular.

 

En este post me enfoco en resolver las dudas más frecuentes con respecto a los impuestos y obligaciones que contraemos las personas físicas que invertimos en plataformas de fondeo colectivo (también conocidas como crowdfunding) aunque en realidad la información aplica también para otros tipos de inversión.

 

Me enfoqué en inversiones crowdfunding porque es en donde he notado un mayor vacío de información.

 

 

¿Cuándo estamos obligados a declarar ingresos por nuestras ganancias por intereses?

 

 

a) Si tienes ingresos por alguna otra actividad distinta a salarios y, además, recibiste ingresos por intereses (sin importar el monto).

 

Ejemplo: cobras rentas o recibes ingresos por tus servicios de freelance o consultoría y, además, obtienes ganancias por intereses. Aquí es donde nos atoran a muchos. 😥

 

 

b) Si percibiste ingresos por intereses y salarios, la suma de ambos es mayor a $400,000 pesos y los intereses nominales son mayores a $20,000 pesos en el año.

 

Ejemplo: tienes un empleo en donde ganas $500 mil pesos al año y tienes invertidos $200 mil pesos en diferentes plataformas de fondeo colectivo las cuales, en suma, te dan intereses nominales mayores a $20 mil pesos. Es un escenario bastante posible para una buena parte de asalariados con sueldos medios o altos.

 

 

c) Si sólo obtuviste ingresos por intereses reales y éstos son superiores a $100,000 pesos en el año.

 

Ejemplo: tu único ingreso proviene de invertir en diferentes plataformas. Tienes invertidos más de $1 millón de pesos entre todas y ganaste intereses REALES (es decir, descontando la inflación) mayores a $100 mil pesos durante el año. Es decir, eres un millonetas que sólo vives de cobrar sus rentas. 😀

 

 

d) Si percibiste ingresos por intereses y salarios y la suma de ambos es menor o igual a $400,000 pesos pero el monto de los intereses reales es mayor a $100,000 pesos en el año.

 

Ejemplo: tienes un empleo normal en donde ganas 300 mil pesos al año pero (aunque nadie lo sabe) en realidad eres millonario y tienes invertidos $2 millones de pesos en diferentes plataformas que te dan, en total, más de $200 mil pesos al año de intereses reales (ya descontando la inflación).

 

Desde mi punto de vista, este último escenario es el menos probable de todos porque ¿quién %#@! va a querer estar trabajando por tan poquito dinero si ya está ganando más de $100 mil pesos al año de puros intereses reales? 😯

 

Fuente: http://www.sat.gob.mx/

 

Nota: Los intereses reales son las ganancias que obtienes tú como inversionista, considerando los ajustes correspondientes a la inflación del periodo. Los intereses nominales son las ganancias sin el ajuste inflacionario.

 

Entonces, si eres asalariado y no ganas mucha lana, lo más probable es que NO tengas la obligación de declarar tus ingresos por concepto de intereses si tienes una lanita invertida en diferentes plataformas de fondeo colectivo. Quizá más adelante sí, pero por el momento no.

 

 

¿Qué debo hacer si estoy obligado a declarar ingresos por intereses?

 

 

Si después de leer lo anterior ya te espantaste porque te diste cuenta que sí tienes la obligación de declarar tus ingresos por intereses, lo primero que deberías hacer es dar de alta ante el SAT la actividad de “Ingresos por intereses”.

 

A partir de ese momento, tendrás la obligación de declarar impuestos por este concepto.

 

Los intereses pagados generan un Impuesto sobre el Valor Agregado (IVA). Este IVA se deberá ver reflejado en el estado de cuenta de tus inversiones y es tu responsabilidad declararlo al Servicio de Administración Tributaria (SAT).

 

Si ya eres una persona física inversionista en una o varias plataformas de fondeo colectivo, seguramente habrás notado que algunas de ellas ya te retienen el 20% de los intereses que tú ganes con ese préstamo. Otras no lo hacen, pero todas te dan por lo menos un reporte en donde se muestran los intereses ganados incluyendo el IVA. Esa retención se hace mensualmente.

 

Si estás dado de alta como persona moral, dicha retención no aplica. El fundamento legal es el siguiente:

 

Ley del Impuesto Sobre la Renta:

 

“Artículo 135. Quienes paguen los intereses a que se refiere el artículo 133 de esta Ley, están obligados a retener y enterar el impuesto aplicando la tasa que al efecto establezca el Congreso de la Unión para el ejercicio de que se trate en la Ley de Ingresos de la Federación sobre el monto del capital que dé lugar al pago de los intereses, como pago provisional. Tratándose de los intereses señalados en el segundo párrafo del artículo 134 de la misma, la retención se efectuará a la tasa del 20% sobre los intereses nominales.”

 

Por ejemplo, PitchBull y Kubo Financiero son dos plataformas que ya resuelven toda esta parte administrativa y se encargan de recabar tus constancias de retenciones y subirlas a panel principal de inversionista para que estén disponibles y puedas presentarlas fácilmente al SAT en tu declaración anual. Con eso, el SAT podrá considerar estas retenciones como un “pago anticipado de impuestos”.

 

Otras plataformas no retienen ISR, pero te proporcionan un reporte detallando los intereses ganados y el IVA correspondiente. Eso le servirá a tu contador para hacer los cálculos y las declaraciones que correspondan.  Tal es el caso de Afluenta o Yotepresto, quienes proporcionan un reporte diario con esta información.

 

Espero esta información te sea de utilidad. Si eres o conoces a algún contador, te agradeceré me puedan dar retroalimentación sobre la información aquí descrita. Me ayudarían mucho a que sea lo más certera posible. Con todo gusto haré los cambios o correcciones que sean necesarios.

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