Prácticamente todos tenemos dudas al respecto. Espero poder aclarar aquí la mayoría de ellas.
Antes que nada, debo decir que yo no soy contador ni nada parecido. La información que menciono a continuación corresponde a diferentes fuentes que recopilé e hice mi mejor esfuerzo para poder explicarlo todo de la mejor manera posible, sin embargo, esto de ninguna manera sustituye la asesoría de un experto en el tema.
Por lo tanto, por favor te pido que consideres este post meramente como una referencia. Es necesario que te asesores con un profesional en la materia para que puedas declarar los impuestos que correspondan con base en tu situación fiscal particular.
En este post me enfoco en resolver las dudas más frecuentes con respecto a los impuestos y obligaciones que contraemos las personas físicas que invertimos en plataformas de fondeo colectivo (también conocidas como crowdfunding) aunque en realidad la información aplica también para otros tipos de inversión.
Me enfoqué en inversiones crowdfunding porque es en donde he notado un mayor vacío de información.
¿Cuándo estamos obligados a declarar ingresos por nuestras ganancias por intereses?
a) Si tienes ingresos por alguna otra actividad distinta a salarios y, además, recibiste ingresos por intereses (sin importar el monto).
Ejemplo: cobras rentas o recibes ingresos por tus servicios de freelance o consultoría y, además, obtienes ganancias por intereses. Aquí es donde nos atoran a muchos. 😥
b) Si percibiste ingresos por intereses y salarios, la suma de ambos es mayor a $400,000 pesos y los intereses nominales son mayores a $20,000 pesos en el año.
Ejemplo: tienes un empleo en donde ganas $500 mil pesos al año y tienes invertidos $200 mil pesos en diferentes plataformas de fondeo colectivo las cuales, en suma, te dan intereses nominales mayores a $20 mil pesos. Es un escenario bastante posible para una buena parte de asalariados con sueldos medios o altos.
c) Si sólo obtuviste ingresos por intereses reales y éstos son superiores a $100,000 pesos en el año.
Ejemplo: tu único ingreso proviene de invertir en diferentes plataformas. Tienes invertidos más de $1 millón de pesos entre todas y ganaste intereses REALES (es decir, descontando la inflación) mayores a $100 mil pesos durante el año. Es decir, eres un millonetas que sólo vives de cobrar sus rentas. 😀
d) Si percibiste ingresos por intereses y salarios y la suma de ambos es menor o igual a $400,000 pesos pero el monto de los intereses reales es mayor a $100,000 pesos en el año.
Ejemplo: tienes un empleo normal en donde ganas 300 mil pesos al año pero (aunque nadie lo sabe) en realidad eres millonario y tienes invertidos $2 millones de pesos en diferentes plataformas que te dan, en total, más de $200 mil pesos al año de intereses reales (ya descontando la inflación).
Desde mi punto de vista, este último escenario es el menos probable de todos porque ¿quién %#@! va a querer estar trabajando por tan poquito dinero si ya está ganando más de $100 mil pesos al año de puros intereses reales? 😯
Fuente: http://www.sat.gob.mx/
Nota: Los intereses reales son las ganancias que obtienes tú como inversionista, considerando los ajustes correspondientes a la inflación del periodo. Los intereses nominales son las ganancias sin el ajuste inflacionario.
Entonces, si eres asalariado y no ganas mucha lana, lo más probable es que NO tengas la obligación de declarar tus ingresos por concepto de intereses si tienes una lanita invertida en diferentes plataformas de fondeo colectivo. Quizá más adelante sí, pero por el momento no.
¿Qué debo hacer si estoy obligado a declarar ingresos por intereses?
Si después de leer lo anterior ya te espantaste porque te diste cuenta que sí tienes la obligación de declarar tus ingresos por intereses, lo primero que deberías hacer es dar de alta ante el SAT la actividad de “Ingresos por intereses”.
A partir de ese momento, tendrás la obligación de declarar impuestos por este concepto.
Los intereses pagados generan un Impuesto sobre el Valor Agregado (IVA). Este IVA se deberá ver reflejado en el estado de cuenta de tus inversiones y es tu responsabilidad declararlo al Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Si ya eres una persona física inversionista en una o varias plataformas de fondeo colectivo, seguramente habrás notado que algunas de ellas ya te retienen el 20% de los intereses que tú ganes con ese préstamo. Otras no lo hacen, pero todas te dan por lo menos un reporte en donde se muestran los intereses ganados incluyendo el IVA. Esa retención se hace mensualmente.
Si estás dado de alta como persona moral, dicha retención no aplica. El fundamento legal es el siguiente:
Ley del Impuesto Sobre la Renta:
“Artículo 135. Quienes paguen los intereses a que se refiere el artículo 133 de esta Ley, están obligados a retener y enterar el impuesto aplicando la tasa que al efecto establezca el Congreso de la Unión para el ejercicio de que se trate en la Ley de Ingresos de la Federación sobre el monto del capital que dé lugar al pago de los intereses, como pago provisional. Tratándose de los intereses señalados en el segundo párrafo del artículo 134 de la misma, la retención se efectuará a la tasa del 20% sobre los intereses nominales.”
Por ejemplo, PitchBull y Kubo Financiero son dos plataformas que ya resuelven toda esta parte administrativa y se encargan de recabar tus constancias de retenciones y subirlas a panel principal de inversionista para que estén disponibles y puedas presentarlas fácilmente al SAT en tu declaración anual. Con eso, el SAT podrá considerar estas retenciones como un “pago anticipado de impuestos”.
Otras plataformas no retienen ISR, pero te proporcionan un reporte detallando los intereses ganados y el IVA correspondiente. Eso le servirá a tu contador para hacer los cálculos y las declaraciones que correspondan. Tal es el caso de Afluenta o Yotepresto, quienes proporcionan un reporte diario con esta información.
Espero esta información te sea de utilidad. Si eres o conoces a algún contador, te agradeceré me puedan dar retroalimentación sobre la información aquí descrita. Me ayudarían mucho a que sea lo más certera posible. Con todo gusto haré los cambios o correcciones que sean necesarios.
Una duda
Supongamos que una persona, que estudia, y que solo trabaja en vacaciones, que no gana mucho dinero, pero tiene algunas inversiones, ¿Debe debe declarar impuestos?
Que tal,
Una duda, la declaración se debe generar hasta que retiro mis intereses de las plataformas de crowdfuning o desde que ya estoy generando intereses dentro de la plataforma de las empresas?
Gracias!
Hola, yo tengo una duda. Soy inversionista (forex, acciones, divisas y criptomonedas)
Si mis ingresos son mayores a $350,000 mensuales como de lo declararlo?
Muchas gracias Héctor.
Buenas noches Hectoe disculpa, tengo algunas dudas, quizá muy básicas pero es algo que me puede llegar a detener sobre invertir, es sobre los impuestos.
1)Si gano menos de 400k no es necesario hacer mi declaración de impuesto anual cierto? (No trabajo; estudio, pero de mis ingresos que llego a tener los ahorro para invertir),
2)en el caso de los dividendos por fibras, ¿aquellos se declaran mensualmente sí o sí los tenga verdad? Y en el apartado de arrendamiento.
3)En el caso de dividendos por alguna otra acción(etfs,etc), ¿en que apartado se pagaría?
Habría alguna forma de “deducir” en ellas alguna cantidad? (Cómo por ejemplo la “ciega” en fibras).
4) Al hacer declaración de impuestos mensual por dividendos, tendría que hacer sí o sí ahora la declaración anual (sin ganar los +400k) o ya no tocaría eso?, Disculpa el texto largo
Estimado Hector, “los intereses nominales mayores a $20,000 pesos en el año” ¿Aplica para todas las plataformas por ejemplo incluyendo CETES? Agradezco la información
Hola Hector!
La fuente http://www.sat.gob.mx/fichas_tematicas/declaracion_anual/Paginas/intereses.aspx me marca un error
¿Será que necesita ser actualizada?
Hola Héctor, que buena aportacion de información. Me gustaría saber, sabes de alguna manera cómo puedes presentar la declaración de impuestos de la plataforma doopla?
Me ayudarías muchisimo.
Que opinas de Inverplux
Muchas gracias, es de mucha ayuda!
Buen artículo sobre los impuestos. Tengo una duda, invertir en PM2, ¿entraría en la opción A. “Si tienes ingresos por alguna otra actividad distinta a salarios y, además, recibiste ingresos por intereses (sin importar el monto)”? O es incorrecta mi conclusión. Gracias de antemano.
¡Hola, qué tal!
Apenas voy descubriendo esta joya de blog y de artículo. Para la plataforma PM2, ¿se paga impuestos, o es también de acuerdo al criterio de los diferentes escenarios que enumeras en el artículo? ¡Gracias!
Hola, Héctor, una duda.:
Yo invertí el año pasado 1 150 000 en cetes, sus rendimientos no pasaron los 100 000, pero la plataforma si me retuvo impuestos y no tengo otros ingresos, debo reclamar la devolución de esos impuestos entonces?
Gracias por el post, no suele haber mucha información de este tema.
Estoy con la plataforma de yo te presto, tengo una duda sobre si el iva se paga aunque no supere los $20,000 pesos de intereses acumulados en el año, ni realice la declaración, ya que no supero los $400,000 de ingresos anuales.
Gracias Héctor
Gracias por el post, ¿el pago de impuestos es hasta que haga el retiro parcial o total de mi dinero de la plataforma? ¿si el dinero se queda en la plataforma como reinversion tambien se pagan impuestos?
Hola, acabo de descubrir tu Blog y debo decir que es realmente muy bueno.
¿Me podrías ayudar con una duda?
Una S.A de C.V. que ofrece Consultoría en inversiones y Asesoría de Inversiones tiene o no la obligación de recaudar los impuestos??
Ahora, en su contrato habla de entregar a la prestataria (es decir la persona física que da capital a la empresa para la asesoría y administración del mismo), un 3% mensual por concepto de la asesoría de inversión.
Este 3% mensual es considerado rendimiento de inversión de capital y por ende se tiene que pagar de ISR el 1.04%???
Hola Hector buen día, ¿Como nos afecta el cambio propuesto al paquete económico 2020? y ¿Que podemos hacer si esto sigue creciendo, hay inversiones libres de impuestos? Gracias!
Excelente articulo, aunque por lo que he leído, si tus ingresos anuales son inferiores a $400,000 sin importar el origen de estos, es decir, si tienes un salario, luego tienes intereses por plataformas fintech y tienes un instrumento bancario como cedes o pagares, si la suma de todo esto no pasa de esa cantidad no estas obligado a declarar ni a pagar ya que hay situaciones en las que tienes que declarar aunque no tienes que pagar.
Otra cosa que he leído, es que no se considera declarable-tributable un instrumento que no se a enajenado, no se a liquidado efectivamente, así por ejemplo, si tienes un fondo de inversión a un plazo de 5 años no tienes que declararlo cada año, solo hasta el año cuando se concluya el plazo.
No que tan cierto es esto o si me han mal informado ¿Alguien confirma o desmiente?
Saludos.
Hola yo estoy interesado en invertir en M2CROWD, me dicen que sólo me retienen el 1.04% de ISR pero sobre el Capital, no por los intereses ganados. ¿Es correcto? ¿Tiene sentido para ti?
Hola Héctor.
Muchas gracias por la información. Yo estoy ahora mismo revisando como hacer la declaración y tengo varias dudas que creo pueden ayudar al resto de personas de personas en mi situación (relacionadas con inversión en Aluenta)..
En mi caso soy asalariado, tengo inversiones en algunos instrumentos de mi banco tradicional y además invertí en Afluenta en 2018. Los intereses percibidos en Afluenta representan menos del 5% del total de ingresos anuales (salario).
1) Es necesario darse de alta en el SAT con la Actividad de Intereses si el porcentaje del rendimiento respecto al total es tan pequeño?
2) Para calcular el Interés Nominal acumulado de 2018 en Afluenta, hay que contemplar el interés percibido mas el IVA mas el resultado de intercambio (los datos que tienen en su reporte mensual)? O solo el interés percibido?
3) Como calculas el ajuste por inflacción para obtener el interés normal. Yo lo estoy haciendo mes a mes, utilizando el saldo de capital promedio del mes y aplicando el incremento mensual del INPC (versus el mes anterior). Con eso calculo el monto del ajuste que luego descuento al interés nominal para obtener el real. Hay otro método?
4) Al momento de realizar la declaración, estos intereses los colocas como Sistema Financiero o NO Sistema Financiero?
Gracias de nuevo a ti, y a la comunidad del site.
Saludos